miércoles, 20 de mayo de 2009

CONVOCATORIA de REUNIÓN ORDINARIA : Jueves, 28 de mayo de 2009




CONVOCATORIA de REUNIÓN ORDINARIA de la Junta Directiva de la
Asociación de Empresarios y Propietarios de los Polígonos Industriales de la
Puebla de Alfindén (A.E.P.P.I.)

En cumplimiento de lo acordado por la Junta Directiva en su última sesión de 4 de mayo
pasado, y previo conocimiento de la Sra. Presidenta, se le convoca como miembro de
la JUNTA DIRECTIVA a la reunión ordinaria que se celebrará d.m.d., el jueves 28
de mayo de 2009 a las 19,30 H., en las oficinas de la sede social sitas en calle N
nº 9, del Polígono Malpica-Alfindén, de La Puebla de Alfindén (Zgza.), con el siguiente
ORDEN DEL DÍA:
PRIMERO.-
Aprobación del acta de la sesión anterior, de fecha 4 de mayo de 2.009.
SEGUNDO.- Analizar la propuesta de mejora de servicio y precio del portal
http://www.aeppi.es/, alojado en el servidor de INIZIATIVAS, cuyo responsable es el
Sr. Manuel Cunquero.
TERCERO.- Analizar la propuesta de optimización del servicio y precio del servicio
de telefonía contratado con VODAFONE, a través del distribuidor: TUROTEL.
CUARTO.- Analizar la propuesta de externalizar el servicio de contabilidad, y unificarlo
con el de asesoría fiscal, con una empresa competitiva en precio y con asunción de responsa-
bilidad.
SEXTO.-Analizar el informe del secretario, sobre la situación de cobro de cuotas a los
asociados de AEPPI de fecha 30 de abril de 2.009.
SEPTIMO.- Ruegos, preguntas y proposiciones.
Presentación cuentas, informar sobre los recibos de cuotas emitidos y/o devueltos.
Dada la importancia de los asuntos a tratar, se ruega la máxima asistencia de todos los
asociaciados o sus representantes.
En La Puebla de Alfindén a 22 de mayo de 2.009
En nombre de la JUNTA DIRECTIVA, la PRESIDENTA de AEPPI,
Mercedes Bueno Aladrén

lunes, 11 de mayo de 2009

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS


IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

Ponemos en su conocimiento que el 4 de mayo comenzó el plazo de declaración e ingreso –si procede- del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para el ejercicio 2008.
La actual regulación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se contiene fundamentalmente en la Ley 35/2006 y en su reglamento, aprobado por R.D. 439/2007, así como en las normativas tributarias de las C.C.A.A.
Como ya viene ocurriendo en los últimos ejercicios, existe la posibilidad de tributar individualmente cada uno de los componentes de la unidad familiar, por lo que es de especial interés para el análisis y cumplimentación de las citadas declaraciones, el absoluto conocimiento de la titularidad de los bienes que generan los rendimientos.
De acuerdo con el artículo 38 de la Ley 21/2001, todas las Comunidades Autónomas de régimen común, a partir del 1 de enero de 2002 pueden asumir competencias normativas sobre diferentes ámbitos del I.R.P.F. Para el ejercicio 2008, coexisten dos tipos de escalas: La general y la autonómica o complementaria, cualquiera que sea el tipo de tributación elegida (individual o conjunta).
El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, será el que media entre el 4 de mayo y el 30 de junio de 2009.
Los contribuyentes que los deseen podrán fraccionar el pago de la cuota en dos partes. La primera del sesenta por ciento de su importen, en el momento de presentar la declaración, y la segunda del cuarenta por ciento, hasta el día 5 de noviembre de 2009.
La Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas contempla la posibilidad, con ciertas limitaciones de deducciones por donativos, alquiler vivienda habitual y deducción por inversión en vivienda habitual, así como, reducciones en el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda. Si ha realizado alguna operación en los apartados anteriores, faciliten los justificantes de los mismos para ver si procede aplicarle la deducción o reducciones por dichos conceptos. En el supuesto de tener derecho a deducción por cantidades depositadas en cuentas vivienda, deberán de facilitar el nombre del titular, la fecha de apertura, y el código cuenta cliente (CCC).
Los contribuyentes cuya declaración sea positiva, que opten por fracconar el pago del impuesto en dos plazos y, además, deseen domiciliar el pago del segundo plazo en la Entidad colaboradora en la que efectúan el ingreso del primer plazo, no precisarán cumplimentar el Modelo 102, puesto que la entrega del Modelo 100, servirá como orden de adeudo en cuenta de dicho segundo plazo.
Si se opta por la opción de la domiciliación será la Entidad Bancaria la que se responsabilice de pagar a su vencimiento el segundo plazo, despreocupándose el contribuyente de esta obligación.

Para ello, evidentemente es necesario, tener cuenta en la Entidad Bancaria donde se quiera ejercitar esta opción y disponer de saldo bastante en la fecha en que se deberá hacer efectivo el segundo plazo.

martes, 5 de mayo de 2009

Nota informativa sobre seguridad. ROBOS. 5 de mayo de 2009






Estimado asociad@, adjunto un artículo de prensa de los varios que han salido publicados con fecha de hoy, de un robo acaecido hace solamente unos días a una de las empresas ubicadas en el polígono BTV de La Puebla de Alfindén

En el siguiente enlace, se puede ver la noticia completa.
Como ya sabes, por el tiempo que hace que venimos trabajando en este asunto, desde AEPPI estamos intentado ampliar el servicio de vigilancia privada, a mayor número de empresas, a los tres polígonos, y con un mayor tiempo de vigilancia, para ello es necesario una mayor implicación por vuestra parte, solidarizándoos con este proyecto.
No es alarma, son hechos constantes, que entendemos que vienen a dar la razón a esta línea de trabajo emprendida desde AEPPI.
En breve se enviará más información al respecto, puesto que se van a poner en funcionamiento las disposiciones adoptadas en la última Asamblea General, aprobadas por absoluta mayoría, que estamos seguros de ello, redundarán en beneficio de todos.