martes, 21 de febrero de 2012

Ley Concursal


*            Ley Concursal
Ley 38/2011, de 10 de octubre, de reforma de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
http://www.boe.es/boe/dias/2011/10/11/pdfs/BOE-A-2011-15938.pdfhttp://www.boe.es/boe/dias/2011/10/11/pdfs/BOE-A-2011-15938.pdf
La norma, partiendo de los principios de la Ley vigente, la reforma parcialmente en algunos de sus aspectos, de entre los que destacamos:
-      Mayor desarrollo de las alternativas o soluciones preconcursales, a través de acuerdos de refinancia­ción fundamentalmente.
-      Se establece un procedimiento o Concurso Abreviado.
-      Se modifica la fase de liquidación del concurso, que hace innecesaria la distinción entre liquidación ordinaria y liquidación anticipada y permite tramitar de manera más rápida aquellos concursos en los que el deudor solicite la liquidación en los primeros momentos.
-      Se pretende una mayor  profesionalización de la administración concursal, tanto por la vía de los requisitos de la responsabilidad como de la capacitación de los mismos.
-      Se mejora el régimen de la publicidad registral del concurso y del Registro Público Concursal.
-      Los créditos nacidos tras la aprobación judicial del convenio (el llamado “dinero fresco”)  se considerarán créditos contra la masa. Se trata con ello de favorecer la concesión de crédito otorgando una mayor protección a ese dinero que contribuye a la continuidad de su actividad.
-      En el ámbito social y de acuerdo con las reformas introducidas por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo, se aclara igualmente la calificación como créditos contra la masa de los créditos salariales e indemnizaciones en caso de despido o extinción de la relación laboral. Se regula igualmente la participación de los representantes de los trabajadores y del FOGASA.

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